Observatorio · depuradoras de España · Directiva 2024/3019

Directiva (UE) 2024/3019: qué cambia para las depuradoras de entre 10.000 y 150.000 h-e

En España hay 862 depuradoras activas con capacidad declarada en este tramo, que suman 31.713.256 h-e. Esta página explica, en términos orientativos, qué fija la Directiva para instalaciones de este tamaño; cada ficha de planta enlaza aquí en lugar de repetirlo.

Calendario orientativo

2035Tratamiento secundario garantizado en todas las aglomeraciones de 1.000 h-e o más (la mayoría ya lo tienen).
2039–2045Terciario reforzado (nitrógeno y fósforo) si la planta vierte en una zona sensible a la eutrofización que fije la transposición española.
2045Tratamiento cuaternario (microcontaminantes) solo si la zona de vertido se declara de riesgo; no es general para este tamaño.

Energía: Objetivo de neutralidad energética del artículo 11, evaluado en el agregado nacional de plantas de 10.000 h-e o más: 20 % renovable en 2030, 40 % en 2035, 70 % en 2040 y 100 % en 2045.

Lo que conviene saber antes de leer una ficha

  • La Directiva distingue tratamiento terciario y cuaternario; el cuaternario no prescribe exclusivamente oxidación avanzada. Entre las técnicas de cuaternario está la oxidación avanzada.
  • Los umbrales se refieren a la carga de la aglomeración, no a la capacidad de diseño de la planta.
  • Para instalaciones de al menos 150.000 h-e, los artículos 7 y 8 establecen implantaciones escalonadas con hitos finales generales en 2039 y 2045; las condiciones y excepciones deben comprobarse en el texto oficial.
  • La neutralidad energética del artículo 11 se evalúa en el agregado nacional; no exige autosuficiencia a cada EDAR.
  • Las fichas del Observatorio aportan contexto: no determinan obligaciones ni cumplimiento individual.

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